¿QUÉ CONFLICTOS SE PUEDEN CONCILIAR EN EL CENTRO?
La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador, quien, además de proponer fórmulas de arreglo, da fe de la decisión de acuerdo, la cual es obligatoria y definitiva para las partes que concilian.
Familia
Regulación y fijación de cuota de Alimentos.
Declaración y/o liquidación de uniones maritales de hecho y/o sociedad patrimonial
Acuerdo de apoyo para personas con discapacidad.
Civil y comercial
Conciliación y gestión de conflictos en tránsito.
Restitución de inmuebles arrendados (pago de cánones, servicios públicos y entrega del bien inmueble).
Reconocimiento y pago de deudas.
Responsabilidad civil extracontractual e indemnizaciones.
Asuntos relacionados con propiedad horizontal.
Conflictos de convivencia.
Incumplimiento de contratos.
Reclamación directa para Derechos del Consumidor (Cumplimiento de la garantía, reparación de un bien o servicio, cambio del producto por uno nuevo de similares características, devolución de dinero pagado y entre otros).
Insolvencia económica de Persona Natural no Comerciante y reorganización empresarial: Solución a la situación de incapacidad de pago de deudas.
Eliminación de reportes en centrales de riesgo.